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Servicio para asociados

Asesoría jurídica

Derecho al alcance de todos: consultas sin cargo y sin límite de cantidad, asistencia legal documentada y bonificaciones en gastos de diligenciamiento.

Bajo la consigna «derecho al alcance de todos», la mutual celebró un convenio de asesoramiento y prestación en materia jurídica con un estudio jurídico y de mediación.

El servicio jurídico prepago acerca la figura del abogado a todos los ámbitos. Está dirigido a asociados particulares, profesionales, pymes y empresas que necesitan asesoramiento constante. El objetivo es actuar de manera preventiva: no solo asistir en la emergencia, sino participar del análisis cotidiano de las decisiones y anticipar conflictos.

Beneficios del servicio:

• Consultas sin cargo y sin límite de cantidad ni de tiempo.
• Asistencia legal documentada, con respaldo legislativo y jurisprudencial.
• Bonificación especial en gastos de diligenciamiento.
• Acceso a una red de interconsulta interdisciplinaria en todo el país.

Quiénes pueden solicitarlo

Asociados de todas las categorías que estén al día con la cuota social y hayan adherido al servicio.

Documentación requerida

  • Solicitud de adhesión al servicio jurídico
  • Carnet de socio vigente
  • DNI del titular
  • Documentación relacionada con la consulta, cuando corresponda

Condiciones de acceso

La adhesión al servicio se solicita por escrito. La omisión o inexactitud de los datos que se piden en la misma hace que el asociado no pueda ejercer el derecho al uso del servicio, perdiendo la adhesión.

Ante la falta de pago en término, el asociado no pierde de inmediato el derecho: se lo notifica de manera fehaciente y se lo intima a regularizar. Si la mora persiste, pierde la adhesión al servicio. La renuncia del letrado interviniente debe practicarse en forma fehaciente en sede administrativa y/o judicial.

El asociado puede renunciar a la prestación del servicio de asesoría jurídica en cualquier momento, comunicándolo por escrito.

Las modificaciones en la prestación del servicio se notifican a los asociados con una anticipación no menor a treinta días.

Exclusiones

  • Tasas de justicia y sellados
  • Actuaciones judiciales que excedan el asesoramiento
  • Gastos de diligenciamiento no bonificados
  • Conflictos entre asociados y la propia mutual

Los beneficios de este servicio se rigen por su reglamento vigente, aprobado por la asamblea de socios y por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Toda modificación en la prestación se notifica a los asociados con una anticipación no menor a 30 días.

Otros servicios

Asistencia farmacéutica

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Proveeduría

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