Servicio para asociados
Órdenes de compra
Órdenes para adquirir bienes y servicios en los comercios adheridos, con pago en cuotas descontadas de la cuota social.
La mutual otorga a sus asociados órdenes de compra para adquirir bienes y servicios en los comercios adheridos, con un plan de pagos en cuotas.
El monto disponible, la cantidad de cuotas y las condiciones de otorgamiento las fija el Consejo Directivo según la antigüedad del asociado y su historial de pagos.
Quiénes pueden solicitarlo
Asociados con la antigüedad mínima que fije el Consejo Directivo, al día con la cuota social y sin deudas pendientes con la entidad.
Documentación requerida
- Antigüedad mínima como asociado
- Cuota social al día y sin deudas con la entidad
- DNI del titular
- Último recibo de sueldo o comprobante de ingresos
- Comprobante de domicilio
Condiciones de acceso
La solicitud de orden de compra queda sujeta a la aprobación del Consejo Directivo, que evalúa la antigüedad del asociado y su historial de pagos.
Las órdenes son personales e intransferibles, y solo pueden usarse en los comercios adheridos al servicio. El asociado se compromete a abonar las cuotas en los plazos establecidos.
La mora en el pago de las cuotas suspende el otorgamiento de nuevas órdenes. La falta de pago de tres mensualidades habilita la aplicación del artículo 10 del estatuto, previa notificación fehaciente con diez días de anticipación.
Exclusiones
- Compras en comercios no adheridos
- Asociados con cuotas impagas o deudas pendientes
- Transferencia de la orden a terceros
Los beneficios de este servicio se rigen por su reglamento vigente, aprobado por la asamblea de socios y por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Toda modificación en la prestación se notifica a los asociados con una anticipación no menor a 30 días.